lunes, 30 de enero de 2012

E4 Poder legislativo

Por: Néstor Zaragoza

El Poder Legislativo se ejerce a través de un Congreso integrado por 25 diputados, representantes populares electos; 16 según el principio de mayoría relativa y 9 según el principio de representación proporcional. El congreso se reúne en dos períodos ordinarios de sesiones, en los que se ocupa de estudiar, discutir y votar las iniciativas de Leyes y Decretos que se presenten, así como de resolver toda clase de asuntos de su competencia.

Para abrir sus sesiones el Congreso requiere de la presencia de la mayoría simple de sus miembros y éstas son públicas. Fuera de los períodos señalados anteriormente el Congreso elige una Diputación Permanente formada por cinco diputados, la cual convoca a sesiones extraordinarias cuando existen asuntos o iniciativas importantes que tratar. Las facultades del Congreso se especifican en el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y además existe una ley que regula su funcionamiento, la Ley Orgánica del Poder Legislativo que regula su funcionamiento, la ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento que rige el gobierno interno del Congreso.

De acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Legislativo las Sesiones del Congreso son presididas por una Mesa Directiva integrada por un Presidente, un Vicepresidente, dos Secretarios y un Suplente, electos por la Asamblea mediante votación por cédula, y tiene por objetivo preservar la libertad de deliberaciones, cuidar de la efectividad del trabajo legislativo y aplicar con imparcialidad las disposiciones de la Ley, los Reglamentos y los Acuerdos que apruebe el Congreso..

Entre la principales atribuciones del Congreso se encuentran: reformar la Constitución Local, legislar sobre todos los ramos de la Administración, así como también aprobar, reformar, abrogar y derogar leyes; aprobar las Leyes de Ingresos de los Ayuntamientos y del Gobierno del Estado y decretar las contribuciones; expedir legislación electoral; aprobar y reprobar las cuentas de los caudales públicos; crear y suprimir empleos públicos del estado, dirimir las cuestiones que sobre límites se susciten entre los municipios y otorgar o negar su aprobación a los nombramientos de los Magistrados del Supremos Tribunal de Justicia, expedidos por el Ejecutivo en los términos que establece la Constitución.

Para poder cumplir con estas atribuciones el Congreso se organiza en Comisiones las cuales podrán ser Permanentes y Especiales. Las Comisiones Especiales son creadas temporalmente para asuntos especiales, como por ejemplo la Comisión de Límites creada para atender la problemática limítrofe con el Estado de Jalisco.

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